La humanización del parto tiene su ley. Se la conoce comunmente como la ley del parto respetado y es la
número 25.929, oficialmente llamada
"Salud pública. Obligaciones de las obras sociales y medicinas prepagas". Desde su publicación en el Boletín Oficial, el 21 de septiembre de 2004, rige para todo el territorio nacional, tanto en el ámbito público como en el privado.
¿Cuándo un parto es respetado?
"Parto respetado" o "parto humanizado" es cuando se garantizan los derechos de las madres, los niños y niñas y sus familias en el momento del nacimiento.
Promueve el respeto a las particularidades de cada familia - etnia, religión, nacionalidad y la toma de decisiones seguras e informadas.
En un parto respetado se genera un espacio familiar en el que la mamá y el recién nacido/a son los protagonistas y donde el nacimiento se desarrolle de la manera más natural posible, sin intervenciones innecesarias: la mujer sigue su propio pulso de parto y decide la forma de controlar el dolor durante el parto.
Derechos de la madre
Rescatando el papel de la madre como protagonista del parto, esta ley enumera una serie de derechos. Algunos de ellos son:
- a ser informada sobre posibles intervenciones médicas y poder elegir entre ellas;
- a ser tratada con respeto, garantizando su intimidad;
- a ser considerada una persona sana;
- a ser informada sobre la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar;
- a recibir asesoramiento sobre los cuidados que necesita su bebé y ella misma y
- a obtener información sobre los efectos del alcohol, las drogas y el tabaco en el embarazo y la crianza.
Resultan especialmente significativos tres derechos contemplados. En primer lugar, "al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer". La recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) es que los nacimientos por cesárea no superen el 15% del total.
En segundo lugar, "a estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto". El cumplimiento de este inciso exige importantes modificaciones en el sistema de salud.
Por último, es destacable el derecho a "tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales". La licenciada Marcela Antebi, psicóloga social especialista en atención temprana del desarrollo, resalta la importancia de esos primeros contactos: "El bebé reconoce a la madre apenas nace. Es capaz de distinguir su olor y su voz de otros. Durante la primera hora y media de vida está muy despierto, con los ojos abiertos y precisa estar en contacto con la mamá. Es la base del apego y de la relación entre la madre y el hijo".
Derechos del recién nacido
La "persona recién nacida" también es sujeto de derechos, correlativos a los de su mamá:
- A ser tratada en forma respetuosa y digna.
- A su inequívoca identificación.
- A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia (…).
- A la internación conjunta con su madre en sala, y a que la misma sea lo más breve posible, teniendo en consideración su estado de salud y el de aquélla.
- A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación".
También se contemplan las situaciones en las que el bebé nace en situación de riesgo: en estos casos, los derechos son similares a los anteriores, pero siempre en la medida en que la situación clínica lo permita.
Información, atención, compañía, respeto. La norma no hace otra cosa que reconocer algunos derechos básicos, pero que desafortunadamente no se cumplen en incontables ocasiones. Porque la información es parte del cuidado de la mamá y el bebé, es bueno conocer esta ley que los ampara.